Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, propuso extender el alcance de la flagrancia para incluir delitos de criminalidad organizada, violencia de género, tentativa de feminicidio y feminicidio, ante su creciente gravedad y recurrencia.

Durante la inauguración del IV Congreso Internacional de Flagrancia, que reúne a expositores de nueve países, Tello destacó los avances del sistema especializado implementado en 2022, el cual ha tramitado más de 16,000 casos, resolviendo el 87% en menos de 24 horas.

Respaldada en estadísticas oficiales, advirtió sobre los altos niveles de inseguridad: más de 9,000 denuncias por extorsión en lo que va del año (una cada 19 minutos, según Sidpol) y más de 42,000 víctimas de violencia reportadas por el Programa Aurora, de las cuales el 84% son mujeres. Entre ellas, cerca de 5,000 niñas y adolescentes sufrieron violencia sexual. Además, se registran 70 tentativas y 49 feminicidios consumados en el mismo periodo.

Tello subrayó la urgencia de promulgar la ley que crea el Sistema Nacional Especializado de Flagrancia Delictiva, aprobada por el Congreso el 16 de abril y pendiente de firma del Ejecutivo. Recalcó que su implementación requiere asignación presupuestal por parte del Ministerio de Economía y Finanzas para garantizar su operatividad y sostenibilidad.

Asimismo, instó a fortalecer el número de juzgados especializados, modernizar equipos tecnológicos, mejorar la infraestructura judicial y consolidar el compromiso interinstitucional.

En paralelo, cuestionó recientes normas aprobadas por el Congreso que —dijo— no fortalecen el sistema de justicia, e informó que ha remitido un análisis técnico solicitando su revisión.

Finalmente, el juez supremo Víctor Prado Saldarriaga expresó su expectativa respecto a la promulgación oportuna de la mencionada ley, cuyo plazo vence el 25 de mayo.

Control

Como parte del fortalecimiento institucional, la ODANC de Tacna realizó una jornada extraordinaria de descarga de expedientes disciplinarios, resolviendo 148 actos procesales, con el objetivo de reducir la carga administrativa y optimizar el control interno del Poder Judicial.

Publicaciones

NORMAS LEGALES

junio 21, 2025

El Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS establece el nuevo marco rector para prevenir, detectar y sancionar el lavado de activos, con enfoque integral, articulado y sostenible.

junio 14, 2025

Medidas extraordinarias para el fortalecimiento operativo del Ministerio del Interior, con enfoque en resultados, control concurrente y respeto de los derechos fundamentales

JURISPRUDENCIA

enero 16, 2026

TC declaró inconstitucionales las modificaciones a las normas para que se les aplique a los adolescentes de 16 y 17 años responsabilidad penal ordinaria.

Noticias

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Jurisprudencia

𝐂𝐀𝐒𝐀𝐂𝐈𝐎́𝐍 𝐍.° 𝟏𝟎𝟒𝟓-𝟐𝟎𝟐𝟐/𝐀𝐑𝐄𝐐𝐔𝐈𝐏𝐀: 𝐋𝐚 𝐦𝐨𝐭𝐢𝐯𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐣𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥 𝐜𝐨𝐦𝐨 𝐠𝐚𝐫𝐚𝐧𝐭𝐢́𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐝𝐞𝐛𝐢𝐝𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐨

La correcta motivación de las resoluciones judiciales constituye un pilar esencial del debido proceso y un límite infranqueable al ejercicio de la función jurisdiccional. La Corte Suprema ha precisado que los órganos de segunda instancia no pueden sustentar sus decisiones en meras discrepancias valorativas ni en afirmaciones genéricas de error del juez de primera instancia, sino que están obligados a exponer de manera razonada, lógica y suficiente las razones por las cuales el razonamiento previo resulta incorrecto. La ausencia de esta explicación vulnera el derecho a una decisión debidamente motivada y compromete la validez constitucional del fallo.

Asimismo, el máximo tribunal ha reafirmado que el principio de inmediación impone límites claros al control en apelación de la prueba personal. En ausencia de prueba nueva, el tribunal de alzada no puede revalorar declaraciones testimoniales actuadas en primera instancia si no identifica expresamente las denominadas zonas abiertas de control, únicas excepciones que habilitan dicha revisión. La revaloración encubierta de la prueba personal, sin sustento metodológico ni justificación normativa, constituye una infracción al debido proceso y a las reglas de la sana crítica.

Finalmente, la Corte Suprema ha establecido que incurre en manifiesta ilogicidad de la motivación la resolución que adopta una lectura parcial o sesgada del material probatorio, asumiendo como únicas posibles supuestas contradicciones sin realizar un análisis integral ni descartar hipótesis alternativas igualmente racionales. En estos supuestos, la decisión carece de razón suficiente y debe ser corregida, pues la función jurisdiccional no solo exige resolver, sino resolver conforme a estándares de racionalidad, coherencia y respeto a las garantías procesales, que aseguren decisiones legítimas y jurídicamente sostenibles.

[JURISPRUDENCIA…]

Normas legales

Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS: Se aprueba la Política Nacional contra el Lavado de Activos

El Gobierno peruano ha oficializado la aprobación de la Política Nacional contra el Lavado de Activos al 2030 (PNCLA), mediante el Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS. Este instrumento se erige como el marco rector para una respuesta integral, articulada y sostenible frente al delito de lavado de activos, una de las amenazas más serias contra la legalidad, el orden público y el desarrollo económico del país.

La conducción y coordinación de esta política estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), entidad encargada de liderar la articulación entre las instituciones del Estado, así como de promover la participación activa del sector privado y la sociedad civil en la lucha contra este fenómeno delictivo.

La PNCLA parte del reconocimiento de una problemática estructural que se expresa en tres dimensiones fundamentales:

  1. Alta informalidad económica como factor de riesgo.
    La elevada informalidad que caracteriza a gran parte de la economía nacional genera espacios propicios para canalizar o mezclar fondos ilícitos dentro de circuitos no regulados, lo que dificulta la trazabilidad del origen de los recursos y favorece el lavado de activos.
  2. Débil sistema de prevención entre los sujetos obligados.
    De acuerdo con los datos más recientes de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) —como el informe de marzo de 2025—, existe un bajo índice de presentación de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) por parte de los sujetos obligados en la mayoría de regiones, a pesar de su alta exposición a delitos precedentes como la minería ilegal, la corrupción y los delitos tributarios.
  3. Limitada capacidad estatal para controlar el transporte de dinero en efectivo.
    Esta deficiencia institucional pone de relieve la urgencia de fortalecer los sistemas de control fronterizo, así como los programas de cumplimiento normativo en los sectores público y privado, para reducir los márgenes de impunidad y reforzar las capacidades de respuesta ante el lavado de activos.

La Política Nacional al 2030 establece un compromiso firme del Estado peruano para construir un sistema nacional eficiente, proactivo y alineado con los estándares internacionales en materia de prevención y combate del lavado de activos. Su enfoque integral promueve el desarrollo sostenible, la transparencia institucional y la consolidación de una cultura de legalidad que contribuya a una economía más sólida y segura.

[Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS…]

Publicaciones

La trascendencia del autolavado de activos en la legislación penal peruana

enero 16, 2026

TC declaró inconstitucionales las modificaciones a las normas para que se les aplique a los adolescentes de 16 y 17 años responsabilidad penal ordinaria.

Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

Presidenta del Poder Judicial propone ampliar figura de flagrancia para enfrentar delitos graves

La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, propuso extender el alcance de la flagrancia para incluir delitos de criminalidad organizada, violencia de género, tentativa de feminicidio y feminicidio, ante su creciente gravedad y recurrencia.

Durante la inauguración del IV Congreso Internacional de Flagrancia, que reúne a expositores de nueve países, Tello destacó los avances del sistema especializado implementado en 2022, el cual ha tramitado más de 16,000 casos, resolviendo el 87% en menos de 24 horas.

Respaldada en estadísticas oficiales, advirtió sobre los altos niveles de inseguridad: más de 9,000 denuncias por extorsión en lo que va del año (una cada 19 minutos, según Sidpol) y más de 42,000 víctimas de violencia reportadas por el Programa Aurora, de las cuales el 84% son mujeres. Entre ellas, cerca de 5,000 niñas y adolescentes sufrieron violencia sexual. Además, se registran 70 tentativas y 49 feminicidios consumados en el mismo periodo.

Tello subrayó la urgencia de promulgar la ley que crea el Sistema Nacional Especializado de Flagrancia Delictiva, aprobada por el Congreso el 16 de abril y pendiente de firma del Ejecutivo. Recalcó que su implementación requiere asignación presupuestal por parte del Ministerio de Economía y Finanzas para garantizar su operatividad y sostenibilidad.

Asimismo, instó a fortalecer el número de juzgados especializados, modernizar equipos tecnológicos, mejorar la infraestructura judicial y consolidar el compromiso interinstitucional.

En paralelo, cuestionó recientes normas aprobadas por el Congreso que —dijo— no fortalecen el sistema de justicia, e informó que ha remitido un análisis técnico solicitando su revisión.

Finalmente, el juez supremo Víctor Prado Saldarriaga expresó su expectativa respecto a la promulgación oportuna de la mencionada ley, cuyo plazo vence el 25 de mayo.

Control

Como parte del fortalecimiento institucional, la ODANC de Tacna realizó una jornada extraordinaria de descarga de expedientes disciplinarios, resolviendo 148 actos procesales, con el objetivo de reducir la carga administrativa y optimizar el control interno del Poder Judicial.

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