Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, propuso extender el alcance de la flagrancia para incluir delitos de criminalidad organizada, violencia de género, tentativa de feminicidio y feminicidio, ante su creciente gravedad y recurrencia.

Durante la inauguración del IV Congreso Internacional de Flagrancia, que reúne a expositores de nueve países, Tello destacó los avances del sistema especializado implementado en 2022, el cual ha tramitado más de 16,000 casos, resolviendo el 87% en menos de 24 horas.

Respaldada en estadísticas oficiales, advirtió sobre los altos niveles de inseguridad: más de 9,000 denuncias por extorsión en lo que va del año (una cada 19 minutos, según Sidpol) y más de 42,000 víctimas de violencia reportadas por el Programa Aurora, de las cuales el 84% son mujeres. Entre ellas, cerca de 5,000 niñas y adolescentes sufrieron violencia sexual. Además, se registran 70 tentativas y 49 feminicidios consumados en el mismo periodo.

Tello subrayó la urgencia de promulgar la ley que crea el Sistema Nacional Especializado de Flagrancia Delictiva, aprobada por el Congreso el 16 de abril y pendiente de firma del Ejecutivo. Recalcó que su implementación requiere asignación presupuestal por parte del Ministerio de Economía y Finanzas para garantizar su operatividad y sostenibilidad.

Asimismo, instó a fortalecer el número de juzgados especializados, modernizar equipos tecnológicos, mejorar la infraestructura judicial y consolidar el compromiso interinstitucional.

En paralelo, cuestionó recientes normas aprobadas por el Congreso que —dijo— no fortalecen el sistema de justicia, e informó que ha remitido un análisis técnico solicitando su revisión.

Finalmente, el juez supremo Víctor Prado Saldarriaga expresó su expectativa respecto a la promulgación oportuna de la mencionada ley, cuyo plazo vence el 25 de mayo.

Control

Como parte del fortalecimiento institucional, la ODANC de Tacna realizó una jornada extraordinaria de descarga de expedientes disciplinarios, resolviendo 148 actos procesales, con el objetivo de reducir la carga administrativa y optimizar el control interno del Poder Judicial.

Publicaciones

NORMAS LEGALES

junio 21, 2025

El Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS establece el nuevo marco rector para prevenir, detectar y sancionar el lavado de activos, con enfoque integral, articulado y sostenible.

junio 14, 2025

Medidas extraordinarias para el fortalecimiento operativo del Ministerio del Interior, con enfoque en resultados, control concurrente y respeto de los derechos fundamentales

JURISPRUDENCIA

diciembre 4, 2025

Análisis de la Casación N.° 3674-2023 Arequipa, donde la Corte Suprema precisa que la coautoría se determina por el dominio del hecho y no solo por el acuerdo previo entre los intervinientes.

noviembre 24, 2025

Criterios de la Corte Suprema sobre la procedencia de la reparación civil pese a la absolución penal y el tratamiento jurídico del dinero ilegal no declarado en frontera.

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Jurisprudencia

RECURSO DE CASACIÓN N.° 3674-2023 AREQUIPA: El dominio del hecho como criterio decisivo para determinar la coautoría penal

La Casación N.° 3674-2023 Arequipa constituye un pronunciamiento relevante en materia de autoría y participación delictiva, porque la Corte Suprema no solo revisa la corrección del título de imputación aplicado por las instancias inferiores, sino que fija un criterio claro y uniforme sobre la manera en que debe comprenderse la coautoría en el Derecho Penal peruano.

El fallo parte de la distinción entre dos enfoques doctrinales tradicionalmente utilizados para determinar la coautoría: el pactum sceleris —que pone el acento en el acuerdo previo y el reparto de roles— y la teoría del dominio del hecho, que prioriza la capacidad de cada interviniente para incidir de forma determinante en la ejecución del delito. La Corte reafirma que el simple consenso para delinquir no basta para atribuir coautoría; lo determinante es que el sujeto realice un aporte objetivo, causal y esencial que le otorgue un control funcional sobre el curso del hecho punible.

En ese sentido, el Tribunal Supremo adopta de manera expresa la teoría del dominio del hecho como el estándar rector para resolver casos de coautoría, alineándose con la doctrina alemana (Roxin, Wessels) y la jurisprudencia comparada (España, Alemania). La coautoría exige que cada partícipe contribuya con una acción imprescindible para la realización del tipo penal y cuente con la posibilidad real de influir o interrumpir la ejecución del ilícito.

Este criterio permite diferenciar con precisión la coautoría de otras formas de intervención, como la complicidad o la instigación, y evita imputaciones excesivas basadas únicamente en la participación periférica o en la mera presencia en el hecho. La sentencia delimita además el concepto de codelincuencia, señalando que se trata únicamente de una modalidad de ejecución conjunta y no de un subtipo autónomo de organización criminal.

Finalmente, la Corte confirma la condena impuesta a los imputados, al verificar que sus actuaciones —mostrar documentos falsos, formular la amenaza extorsiva, custodiar el vehículo y participar en la restitución del bien— constituyeron aportes funcionales esenciales, orientados a un mismo plan criminal y decisivos para que la víctima entregara el dinero exigido.

La Casación N.° 3674-2023 consolida así un marco interpretativo indispensable para operadores del sistema penal, estableciendo que la coautoría no se basa en la mera colaboración, sino en la contribución esencial y el control compartido del hecho delictivo.

Normas legales

Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS: Se aprueba la Política Nacional contra el Lavado de Activos

El Gobierno peruano ha oficializado la aprobación de la Política Nacional contra el Lavado de Activos al 2030 (PNCLA), mediante el Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS. Este instrumento se erige como el marco rector para una respuesta integral, articulada y sostenible frente al delito de lavado de activos, una de las amenazas más serias contra la legalidad, el orden público y el desarrollo económico del país.

La conducción y coordinación de esta política estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), entidad encargada de liderar la articulación entre las instituciones del Estado, así como de promover la participación activa del sector privado y la sociedad civil en la lucha contra este fenómeno delictivo.

La PNCLA parte del reconocimiento de una problemática estructural que se expresa en tres dimensiones fundamentales:

  1. Alta informalidad económica como factor de riesgo.
    La elevada informalidad que caracteriza a gran parte de la economía nacional genera espacios propicios para canalizar o mezclar fondos ilícitos dentro de circuitos no regulados, lo que dificulta la trazabilidad del origen de los recursos y favorece el lavado de activos.
  2. Débil sistema de prevención entre los sujetos obligados.
    De acuerdo con los datos más recientes de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) —como el informe de marzo de 2025—, existe un bajo índice de presentación de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) por parte de los sujetos obligados en la mayoría de regiones, a pesar de su alta exposición a delitos precedentes como la minería ilegal, la corrupción y los delitos tributarios.
  3. Limitada capacidad estatal para controlar el transporte de dinero en efectivo.
    Esta deficiencia institucional pone de relieve la urgencia de fortalecer los sistemas de control fronterizo, así como los programas de cumplimiento normativo en los sectores público y privado, para reducir los márgenes de impunidad y reforzar las capacidades de respuesta ante el lavado de activos.

La Política Nacional al 2030 establece un compromiso firme del Estado peruano para construir un sistema nacional eficiente, proactivo y alineado con los estándares internacionales en materia de prevención y combate del lavado de activos. Su enfoque integral promueve el desarrollo sostenible, la transparencia institucional y la consolidación de una cultura de legalidad que contribuya a una economía más sólida y segura.

[Decreto Supremo N.º 010-2025-JUS…]

Publicaciones

La trascendencia del autolavado de activos en la legislación penal peruana

diciembre 4, 2025

Análisis de la Casación N.° 3674-2023 Arequipa, donde la Corte Suprema precisa que la coautoría se determina por el dominio del hecho y no solo por el acuerdo previo entre los intervinientes.

noviembre 24, 2025

Criterios de la Corte Suprema sobre la procedencia de la reparación civil pese a la absolución penal y el tratamiento jurídico del dinero ilegal no declarado en frontera.

Poder Judicial propone ampliar flagrancia a crimen organizado y feminicidio

Presidenta del Poder Judicial propone ampliar figura de flagrancia para enfrentar delitos graves

La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, propuso extender el alcance de la flagrancia para incluir delitos de criminalidad organizada, violencia de género, tentativa de feminicidio y feminicidio, ante su creciente gravedad y recurrencia.

Durante la inauguración del IV Congreso Internacional de Flagrancia, que reúne a expositores de nueve países, Tello destacó los avances del sistema especializado implementado en 2022, el cual ha tramitado más de 16,000 casos, resolviendo el 87% en menos de 24 horas.

Respaldada en estadísticas oficiales, advirtió sobre los altos niveles de inseguridad: más de 9,000 denuncias por extorsión en lo que va del año (una cada 19 minutos, según Sidpol) y más de 42,000 víctimas de violencia reportadas por el Programa Aurora, de las cuales el 84% son mujeres. Entre ellas, cerca de 5,000 niñas y adolescentes sufrieron violencia sexual. Además, se registran 70 tentativas y 49 feminicidios consumados en el mismo periodo.

Tello subrayó la urgencia de promulgar la ley que crea el Sistema Nacional Especializado de Flagrancia Delictiva, aprobada por el Congreso el 16 de abril y pendiente de firma del Ejecutivo. Recalcó que su implementación requiere asignación presupuestal por parte del Ministerio de Economía y Finanzas para garantizar su operatividad y sostenibilidad.

Asimismo, instó a fortalecer el número de juzgados especializados, modernizar equipos tecnológicos, mejorar la infraestructura judicial y consolidar el compromiso interinstitucional.

En paralelo, cuestionó recientes normas aprobadas por el Congreso que —dijo— no fortalecen el sistema de justicia, e informó que ha remitido un análisis técnico solicitando su revisión.

Finalmente, el juez supremo Víctor Prado Saldarriaga expresó su expectativa respecto a la promulgación oportuna de la mencionada ley, cuyo plazo vence el 25 de mayo.

Control

Como parte del fortalecimiento institucional, la ODANC de Tacna realizó una jornada extraordinaria de descarga de expedientes disciplinarios, resolviendo 148 actos procesales, con el objetivo de reducir la carga administrativa y optimizar el control interno del Poder Judicial.

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